Tipos de delitos informáticos más habituales

Con la creciente evolución tecnológica, comenzaron a multiplicarse los delitos informáticos. Estar conectados a la Red ha comenzado a exponernos a estos nuevos riesgos. La información comienza a tener más presencia en la nube que en sistemas físicos de almacenamiento convencionales como el disco duro. Lo mismo sucede con las comunicaciones. Todo se comparte y se mueve a un ritmo mucho más rápido, aumentando cada vez más la presencia de delitos informáticos. Si no queremos caer en situaciones inesperadas y poner en riesgo la responsabilidad penal de las personas de la empresa, es el momento de actuar.

Tras la reforma del código penal del 1 de Julio de 2015, la figura de la persona jurídica puede cometer delitos. Por ello es importante conocer qué aspectos pueden perjudicar a la persona física e implementar programas de prevención de riesgos laborales. Aquí es donde el Compliance Penal juega un papel fundamental.

Delitos Informáticos.

Por el momento, conocer a qué tipo de delitos informáticos estamos expuestos nos ayudará a reafirmarnos en la toma de la decisión de implantar un programa de prevención de riesgos laborales. Por otro, a asegurar a qué riesgos estamos expuestos dentro de los entornos informáticos. Esta vez, pondremos el foco en la tecnología para conocer cuáles son los tipos de delitos informáticos más habituales.

Tipos de delitos informáticos más habituales

Suplantación de identidad.

Con las Redes sociales resulta más fácil cometer este tipo de delito. Hacerse pasar por otra persona o crear un perfil con sus datos podría estar penado por la ley con condenas de cárcel.

Falsificación documental.

Alterar elementos de un contrato, un correo electrónico o un mensaje podría, en función del caso, tener penas de 3 a 6 años de cárcel, multas de 6 a 24 meses, o inhabilitaciones especiales por tiempo de 2 a 6 años.

Descubrimiento y revelación de secretos.

Un secreto hace referencia a un hecho conocido únicamente por una persona o un número limitado de ellas. Pueden ser documentos, imágenes o grabaciones que una persona ofrece con su consentimiento y se divulgan contra su voluntad. También podría estar penado por la ley con condenas de cárcel y multas económicas, dependiendo de la gravedad del caso.

Delitos contra la propiedad intelectual.

Son derechos de carácter personal y patrimonial atribuidos al autor para la plena disposición de su obra. Dentro de esta denominación podríamos incluir algunos más como el plagio de fotografías y de programas de ordenador.

Amenazas y coacciones.

Las amenazas están relacionadas con un mal futuro y afectan a la libertad de la víctima. Por otro lado, las coacciones son aquellos delitos por los que, a través de la violencia, el delincuente obliga a la víctima a realizar acciones contra su voluntad. Hoy en día, con el uso de las redes sociales, este tipo de delito ha aumentado considerablemente. Conocer nuestros derechos nos permitirá saber cómo actuar en caso de tener que enfrentarnos a ello.

Delitos contra la intimidad de los menores y acoso.

Tal como sucede con el caso anterior, en los últimos años han ido en aumento. Los medios que han registrado más casos de este tipo de delitos informáticos han sido los foros privados, Skype y whatsapp.

Estafas.

Dentro del delito por estafa, podemos encontrar la manipulación mediante medios informáticos. Existen muchos tipos de estafa. Las ofertas y oportunidades de trabajo falsas, donaciones y ayudas falsas, estafas por extorsión y estafas sentimentales son algunas de ellas.

Daños y sabotaje informático.

En este tipo de delito incluimos borrar, dañar, deteriorar, alterar, suprimir o hacer inaccesibles datos informáticos, programas informáticos y documentos electrónicos ajenos. Si el resultado de dicho delito fuera grave, las penas podrían ascender de 6 a 3 años de prisión.

 

Después de mencionar los tipos de delitos informáticos más habituales, nos planteamos una gran duda: ¿Qué posibilidades y qué riesgo existe para mi empresa la comisión de alguno de ellos? Valorar este punto es el primero de los pasos efectuados en la fases de implantación del Programa Compliance Penal.

Si ya conoces los beneficios de su implantación y necesitas información adicional o te gustaría llevarlo a cabo en tu empresa, puedes contactar con nosotros a través de este enlace. Estaremos encantados de ayudarte.

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